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EL DÍA 09 DE ABRIL DE 2015, SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL LA LEY N° 20.822
La ley 20.822 otorga, a los profesionales de la educación, una bonificación por retiro voluntario. Por tal motivo, se pone a disposición de todos los docentes el siguiente informe jurídico de preguntas y respuestas sobre la citada ley, ello con el fin de aclarar todas las dudas existentes respecto de la señalada normativa legal.
¿Quiénes acceden al bono de retiro?
Todos los profesionales de la educación que durante el año escolar 2015,pertenezcan a una dotación docente del sector municipal, administrada directamente por las municipalidades o por corporaciones municipales, ya sea en calidad de titulares o contratados, o estén contratados en los establecimientos regidos por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, y que al 31 diciembre de 2015, hayan cumplido o cumplan sesenta o más años de edad si son mujeres, o sesenta y cinco o más años de edad si son hombres, y hagan efectiva su renuncia voluntaria e irrevocable, respecto
del total de horas que sirven en los organismos antes señalados, en los plazos y condiciones que fija la ley.
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